Descripción
¿Para qué sirve?
Para que el patrono y el empleado cierren la relación de empleo de forma final y eviten un pleito. Como el derecho a la mesada de la Ley 80 es irrenunciable, el acuerdo está preparado para que el pago sea igual o mayor que esa indemnización, y para cumplir con los requisitos federales de relevos de empleados de 40 años o más.
¿Qué incluye?
- Pagos que corresponden por ley aunque no se firme (salarios, vacaciones, bono)
- Pago de separación y su relación con la mesada de la Ley 80
- Plan médico y COBRA
- Relevo general de reclamaciones (Leyes 80, 100, 69, 17, 44, 115, 90, 3, 379, 180, 148, Título VII, ADEA, ADA, FMLA y otras)
- Reclamaciones que no se pueden relevar y derecho a acudir a agencias
- 21/45 días para considerar y 7 días para revocar (ADEA/OWBPA)
- No admisión, devolución de propiedad, confidencialidad, no menosprecio y referencias
- No oposición al desempleo y declaraciones del empleado
- Formato Word (.docx) editable de 4 páginas
Cómo usarlo
- Descarga el documento luego de completar tu compra.
- Ábrelo en Microsoft Word, Google Docs o cualquier programa compatible.
- Completa los espacios en blanco y elimina lo que no aplique a tu negocio.
- Revisa el documento completo antes de usarlo.
Este documento es un modelo de uso general y no constituye asesoramiento legal. Consulte con un abogado laboral en Puerto Rico para situaciones particulares.





Valoraciones
No hay valoraciones aún.